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HABLANDO DE LAS NORMAS PARA LA CONSTRUCCIÓN

Este lunes, 25 de mayo, el ciclo de Charlas Virtuales del Colegio de Arquitectos de Santa Cruz recibió al abogado Marcos Simon como invitado especial para hablar de “Las complejas normas para la actividad de la construcción en la cuarentena dinámica”.

En el inicio de la charla, el profesional recordó que actualmente el departamento de Santa Cruz es el más golpeado por la pandemia, registrando 4.199 casos confirmados con 123 decesos hasta hoy. 

«Este panorama condicionará mucho el desarrollo de actividades plenas, ya que el índice es ascendente…», destacó Simon. 

Recordó que el pasado 15 de mayo, la Autoridad de Supervisión de la Seguridad Social de Corto Plazo – ASUSS  sacó la Instrucción 0003/2020 catalogando al COVID-19 como accidente laboral, obligando así a extender el Certificado de Incapacidad Temporal por Accidente de Trabajo al trabajador asegurado que estuviera expuesto a la COVID-19 y diagnosticado positivo, lo que hubiera significado altas indemnizaciones para el empleador.

No obstante, informó también que la ASUSS decidió dejar sin efecto la instrucción después de que varias organizaciones de empresarios protestaran por la medida.

Pese a ello, el jurista señaló que existen vacíos legales en las últimas normativas dictadas por el gobierno, lo cual debe llevar al análisis de costo y beneficio a la hora de volver a la obra.

Recuerde que el desconocimiento de la norma no exime de responsabilidades. El tamaño de su empresa tampoco lo excluye de la obligación de cumplir con las normativas. «Es tiempo de medir el riesgo y analizar si vale la pena o no iniciar obras, ya que no solo se trata hoy de arriesgar capital, sino también vidas humanas», enfatizó.

Respondiendo las preguntas de los afiliados, recalcó que los protocolos deben ser entregados junto al formulario específico en los primeros 15 días de iniciada la obra. Debe enviarse al correo dgthso@mintrabajo.gob.bo y los tiene que firmar el empleador.  

Simón remarcó que las normativas deben ser aplicadas para todo tipo de contrato, privado y público.

Aclaró que el Decreto Supremo 0251  establece la prohibición de toda forma de evasión a la normativa laboral, sea mediante fraude, simulación o cualquier otro medio que se produzca como consecuencia de las modalidades de subcontratación, tercerización, externalización, enganche u otras modalidades en tareas propias y permanentes del giro del establecimiento laboral, ya que todo empleador tiene obligaciones establecidas por leyes de naturaleza social y laboral.

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